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Senado: avala comisión juicio a militares en tribunales civiles

México, DF. Por consenso, el Senado de la República aprobó en comisiones la controvertida reforma al Código de Justicia Militar, que elimina el llamado “fuero de guerra” y posibilita que los elementos de las fuerzas armadas que cometan delitos y violaciones de derechos humanos contra civiles, sea juzgados en tribunales federales del orden común.

El tema motivó una discusión y búsqueda constante de consensos con el alto mando de las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y la Marina, desde octubre de 2010 en que la iniciativa fue remitida al Senado por el presidente Felipe Calderón.

Esta última fue modificada de fondo y según comentó ayer el ex perredista Tomás Torres –quién junto con el priísta Jesús Murillo Karam- participó activamente en las negociaciones, eliminó la intención de “trampear” la parte medular de la reforma, al establecer la jurisdicción civil en los delitos cometidos por soldados y marinos, pero con jueces de extracción castrense.

Para ello, los integrantes de la Comisión de Justicia acordaron cambiar el artículo 58, del dictamen presentado por el presidente de ese organismo, el panista Alejandro González Alcocer, a fin de que estableciera “la competencia de las autoridades y tribunales civiles del orden federal” en los delitos cometidos por miembros de las fuerzas armadas” y también en la violación de derechos humanos.

Los senadores derogaron el artículo 435 de ese Código de Justicia Militar en el que se daba la facultad a los tribunales militares de declarar si un delito es o no fuero de guerra.

Se escucharon así los planteamientos de organizaciones de derechos humanos, entre ellos de Human Rigth Watch , de no establecer que los jueces y magistrados que habrán de conocer de delitos de elementos castrenses fueran “abogados especializados en el conocimiento de la disciplina militar”.

Fue este uno de los puntos que más trabó la reforma y origino fuertes discusiones con la cúpula castrense. Hasta la semana pasada, pretendían que los jueces fuera abogados militares en retiro.

El artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder judicial Federal, quedó con la siguiente redacción: “Los jueces y magistrados deberán conocer el marco legal que regula a la fuerzas armadas y su disciplina.

Otro cambio toral fue al artículo 740 del Código de Justicia Militar, en el que se dejó claro que cuando un juez se declare incompetente para conocer de delitos y violaciones de derechos humanos de soldados y marinos, las víctimas, ofendidos, familiares de éstas o bien cualquier persona que se vea afectada, podrá impugnar tal decisión ante la Suprema Corte.

El dictamen modificó la iniciativa de Calderón, al eliminar el fuero militar de todos los delitos y no exclusivamente de violación, tortura y desaparición forzada, como proponía el ejecutivo. Así mismo, se reconoció la imprescriptibilidad de ese último delito.

El senador Torres dijo que es un gran avance, pero alertó de estar muy atentos, a fin de evitar que en el tránsito hacia el pleno, el dictamen se modifique.