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Aguinaldo, PTU y prima vacacional, las prestaciones laborales que sí pagan impuestos e impactan en la declaración anual ante el SAT

MÉXICO.- Las prestaciones laborales como el aguinaldo, la prima vacacional o el reparto de utilidades forman parte de los ingresos que reciben millones de trabajadores en México cada año, pero no muchos saben que deben pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Aunque existe la creencia de que estas prestaciones están completamente libres de impuestos, la realidad es distinta. La legislación fiscal establece que una parte de estos ingresos puede quedar exenta del Impuesto sobre la Renta (ISR), pero cuando el monto supera ciertos límites, la diferencia sí se considera gravable.

De acuerdo con información publicada por Expansión y con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, particularmente en su artículo 93, las prestaciones laborales cuentan con rangos de exención que se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Esto significa que el impuesto solo se aplica sobre la cantidad que exceda el límite permitido y a continuación te explicamos cómo funcionan estas reglas, qué prestaciones pueden generar impuestos y cómo aparecen en tu declaración anual.

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¿Por qué algunas prestaciones laborales pagan impuestos?

Las prestaciones laborales se consideran ingresos para efectos fiscales. Por ello, pueden estar sujetas al pago de ISR.

Sin embargo, la ley establece ciertos beneficios fiscales para evitar que estos pagos extraordinarios generen una carga completa de impuestos. En términos prácticos, el mecanismo funciona así:

  • Existe una cantidad que queda exenta de ISR
  • Si la prestación no supera ese límite, no se paga impuesto
  • Si el monto rebasa la cantidad exenta, solo la diferencia paga ISR

Estos límites se calculan utilizando la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el año fiscal correspondiente.

Para el ejercicio fiscal 2025, que se declara en 2026, los valores son:

  • UMA diaria: 113.14 pesos
  • UMA anual: 41,273.52 pesos

Prestaciones laborales con parte exenta de ISR

El SAT establece distintos rangos de exención para algunas prestaciones laborales comunes.

Aguinaldo

  • Exento: hasta 30 UMA diarias
  • Monto exento aproximado: 3,394.20 pesos

Si el aguinaldo que recibiste supera esa cantidad, el excedente se considera ingreso gravable.

Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

  • Exento: hasta 15 UMA diarias
  • Monto exento aproximado: 1,697.10 pesos
  • Solo la parte que exceda ese monto pagará ISR

Prima vacacional

Exento: hasta 15 UMA diarias

Monto exento aproximado: 1,697.10 pesos

Si la prima vacacional es mayor, el excedente se integra a los ingresos gravables.

Algunas prestaciones laborales sí deben pagar impuestos ante el SAT, lo que impacta directamente en la declaración anual. | Foto: Especial
Algunas prestaciones laborales sí deben pagar impuestos ante el SAT, lo que impacta directamente en la declaración anual. | Foto: Especial

Prima dominical

Exento: 1 UMA diaria por cada domingo trabajado

Monto aproximado: 113.14 pesos por domingo

Otros ingresos laborales con exenciones fiscales

Además de las prestaciones más conocidas, existen otros ingresos relacionados con el empleo que también tienen un tratamiento fiscal especial.

Entre ellos se encuentran:

Tiempo extra: está exento el 50% del pago recibido

  • Indemnización por despido: hasta 90 UMA diarias por cada año trabajado (10,182.60 pesos)
  • Jubilación en parcialidades: hasta 15 UMA anuales (619,102.80 pesos)
  • Jubilación en pago único: hasta 90 UMA anuales (3,714,616.80 pesos)

Estos montos son referencias basadas en el valor de la UMA correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

¿Cómo aparecen estas prestaciones en la declaración anual?

En la mayoría de los casos, los trabajadores no necesitan capturar manualmente estas prestaciones en su declaración anual.

Esto ocurre porque la información ya fue reportada por el patrón al SAT a través de los recibos de nómina electrónicos.

Cuando el contribuyente revisa su declaración precargada, puede encontrar estos ingresos en el desglose mensual. Por ejemplo:

  • El aguinaldo suele aparecer en diciembre
  • Las utilidades (PTU) normalmente se registran en mayo o junio
  • La prima vacacional puede aparecer en el mes en que se otorgó.

Cómo revisar esta información antes de presentar la declaración

El SAT permite verificar los datos registrados mediante el visor de comprobantes de nómina para trabajadores.

En esta herramienta es posible revisar:

  • Los pagos realizados durante el año
  • Las prestaciones recibidas
  • Los conceptos registrados por el empleador
  • Los montos reportados al SAT

Esta información es la que el sistema utiliza para precargar los datos en la declaración anual, los cuales pueden aceptarse o modificarse si existe alguna diferencia.

Si el contribuyente detecta inconsistencias, puede utilizar sus recibos de nómina para hacer la corrección correspondiente.

Estas prestaciones tienen una parte exenta de ISR, pero si superan ciertos límites deben reportarse y pueden generar impuestos{}