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Acoso sexual en el INE; 420 quejas presentadas y 16 sanciones

El acoso y hostigamiento sexual y laboral dentro del Instituto Nacional Electoral (INE) se sanciona poco, aunque según el organismo, esto no implica que no se atiendan las más de 420 quejas que se han presentado y que han derivado solamente en 16 sanciones: dos destituciones de funcionarios públicos, 12 suspensiones de días laborales y dos amonestaciones.

Informes del Comité de Seguimiento a Casos de Hostigamiento y Acoso Sexual o Laboral del INE, obtenidos vía Ley de Transparencia por EL UNIVERSAL, de julio de 2014 a julio del año pasado, detallan que en ese primer año se recibieron 33 denuncias, al año siguiente se incrementó a 184 y en 2016 descendieron a 143. Hasta el primer semestre del año pasado, el organismo electoral recibió 60 quejas.

El instituto indicó que no todos los casos se formalizan en una denuncia por parte de las víctimas y no todas las denuncias formalizadas derivan en el inicio de un procedimiento disciplinario y, por ende, en una sanción.

El propio organismo mencionó que de las denuncias hechas en el segundo semestre de 2014, fecha en que entró en vigor el Protocolo para Prevenir, Atender y Sancionar el Hostigamiento y Acoso Sexual y Laboral en el INE, la Dirección Jurídica emitió dos resoluciones: en un caso de hostigamiento laboral la sanción fue una amonestación y en el otro, por acoso laboral, el organismo resolvió una suspensión de 12 días.

En 2015, producto de las quejas o denuncias formuladas, se emitieron 12 resoluciones, en ocho casos de hostigamiento o acoso laboral la sanción consistió en la suspensión de entre dos y 30 días. En uno se reporta sobreseimiento por renuncia y otro una amonestación. Otro de hostigamiento sexual fue sancionado con una suspensión de 30 días y en el caso de acoso sexual se destituyó de su cargo a la persona agresora".

En 2016, informó el INE, por conductas de hostigamiento y acoso laboral se impusieron tres medidas disciplinarias: dos relativas a suspensión de 26 y 27 días y en otro se destituyó de su puesto a la persona agresora, mientras que en otro caso se determinó la absolución.

Hasta el primer semestre de 2017, la Dirección Jurídica informó que de las 60 quejas por acoso y hostigamiento laboral o sexual, 34 se formalizaron y de éstas, 27 están siendo investigadas, tres de los casos fueron desechados, uno terminó en acuerdo conciliatorio, otra queja se encuentra en proceso conciliatorio, una denuncia se encuentra en desahogo de testigos, mientras que otra acusación se encuentra en el estado de autosuspensión de Procedimiento Laboral Disciplinario.

Dentro de las recomendaciones hechas por el Comité de Seguimiento a Casos de Hostigamiento y Acoso Sexual o Laboral del órgano electoral en el segundo trimestre de 2017 se señala la necesidad de llevar a cabo actividades de sensibilización respecto de las conductas que constituyen hostigamiento y acoso sexual o laboral.

"Es particularmente relevante en el caso del hostigamiento y el acoso laboral, a efecto de que el personal pueda diferenciar este tipo de conductas respecto a aquellas derivadas de la exigencia del empleo", indica el documento.

El Protocolo para Prevenir, Atender y Sancionar el Hostigamiento y Acoso sexual o Laboral en el INE fue aprobado el 2 de julio de 2014, mediante un acuerdo del Consejo General, el cual ordenó la creación de un comité de seguimiento para atender estas denuncias.

Entre las funciones que tiene este órgano está la de aportar la información estadística relacionada con los casos de hostigamiento y acoso sexual que se presente en el instituto, así como entregar la información cualitativa sobre las áreas de oportunidades que se identifiquen en la prevención, atención y sanción de los casos de hostigamiento y acoso sexual o laboral.

Este comité busca también aportar toda la información detallada sobre estos casos para conformar cada tres meses y anualmente un informe de este tipo de denuncias se presenten en el máximo órgano electoral del país.

El comité está integrado por la titular de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, quien lo preside; un miembro de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, quien estará a cargo de la Secretaría Técnica; además está integrado por un asesor de la Secretaría Ejecutiva; por el director de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración; así como por el titular de Normatividad e Incorporación de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral y del director de Asuntos Laborales de la Dirección Jurídica.

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