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Corte determina que es inconstitucional exigir carta de 'no antecedentes penales'

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Cuartoscuro

Ciudad de México.- Esta tarde el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó su criterio de declarar inconstitucional las normas que exigían no contar con antecedentes penales para realizar actividades comerciales y gubernamentales, así como contar con la nacionalidad mexicana por nacimiento para acceder a cargos públicos.

Durante la sesión pública, los ministros aseguraron que estas normas violan los principios de igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 1 de la Constitución.

Asimismo, argumentaron que es discriminatorio contra las personas físicas que cuentan con ese tipo de antecedentes, además de que resolvieron que exigir dicho requisito tratándose de personas jurídicas o morales atenta contra su libertad de trabajo, comercio e industria, contenida en el artículo 5 de la Constitución.

También reiteraron que los congresos locales carecen de competencia para establecer como requisito para acceder a cargos públicos el contar con nacionalidad mexicana “por nacimiento”.

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Razón por la que declaró la invalidez del artículo 20 Bis, fracción I, de la Ley Número 613 que crea el Instituto Veracruzano de las Mujeres, en la cual se establecía como requisito para ser Coordinadora del Refugio Estatal para Mujeres en Situación de Violencia, el contar con la nacionalidad mexicana “por nacimiento”.

Con información de Notimex

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