Weather (state,county)

Al momento:

SCJN abre puerta a cobro de Estados a Uber y Cabify

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el límite de unidades que pueden operar en el estado de Colima mediante plataformas electrónicas como Uber o Cabify, mismo que estaba establecido en la Ley de Movilidad Sustentable de la entidad. Además, autorizaron fijar la obligación de aportar al fondo de movilidad estatal el 1.5% de cada viaje.

El Fondo de Movilidad estatal es un fideicomiso que pretende promover nuevas políticas de movilidad en el estado.

Los ministros también decidieron validar la obligación del permisionario de aportar al fondo de movilidad estatal el 1.5% de cada viaje. Con esto se abre la puerta a que otras entidades puedan realizar cobros similares a estas plataformas.

Durante la sesión del Pleno de la Corte los ministros iniciaron el análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida por diversos diputados locales contra dicha ley, y consideraron injustificado limitar a 4% el parque vehicular a este tipo de transporte público individual. Asimismo, invalidaron la disposición de que las personas físicas que ofrecen este tipo de servicios sólo pueden ser titulares de una concesión cuando al resto de prestadores del servicio, se les permite tener hasta 10 concesiones.

En tanto, el Pleno avaló la prohibición de subarrendar los vehículos que ofrecen transporte mediante plataformas electrónicas, recibir pagos mediante tarjetas de prepago y hacer base o sitio así como la regulación establecida en la ley sobre las tarifas y envío de recibos por correo electrónico; al considerar que todas estas disposiciones buscan la seguridad de usuarios y conductores.

La SCJN no concluyó el asunto, por lo que en la sesión de este martes 16 de octubre se continuará la discusión con el tema de la prohibición a los prestadores del servicio de recibir pagos en efectivo.

Más información en El Siglo de Torreón