SCJN recorta pensiones del IMSS; en riesgo, retiros de 25 salarios mínimos
Trabajadores con derecho a optar por la ley de 1973 perderán juicio si demandan al IMSS en busca de una jubilación mayor a diez salarios mínimos, debido a una jurisprudencia del máximo tribunal
Una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)limita como máximo a diez salarios mínimos diarios las pensiones de los futuros jubilados que pretendan un mayor monto mediante un juicio contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En dicho caso está un millón de personas de los 19.8 millones de trabajadores de la generación de transición, es decir, aquellos que pueden jubilarse bajo el régimen de 1973 o por la ley de Seguridad Social de 1997.
Ese millón de trabajadores gana más de diez salarios mínimos al día (730 pesos diarios equivalentes a 21 mil 912 pesos mensuales) y podría aspirar a una jubilación de hasta 25 salarios mínimos, si ése es su ingreso promedio diario de las últimas 250 semanas de cotización.
El límite superior de veinticinco veces el salario mínimo, previsto en el artículo 33 de la abrogada Ley del Seguro Social (de 1973), está vinculado para las prestaciones en los seguros de enfermedad general y maternidad; el límite superior de diez veces el salario mínimo regirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte”, dice el fallo de la Suprema Corte de Justicia.
“No estamos haciendo modificaciones ni estableciendo topes, hicimos remisión a la ley del Seguro Social (del 73) ”, señaló en entrevista la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos.
LA SUPREMA CORTE LIMITA LAS PENSIONES
En México hay 19.8 millones de trabajadores de la llamada generación de transición, es decir aquellos que pueden elegir jubilarse bajo el régimen de la ley del seguro social de 1973 o por la ley de 1997.
“Para todos ellos es más conveniente optar por el régimen del 73, porque su pensión es vitalicia, se la paga el Instituto Mexicano del Seguro Social y obtienen un mayor monto que si eligieran la ley del 97, donde las afores pagan la pensión pero sólo hasta que se agoten los recursos del trabajador”, explicó Moisés Pérez Peñaloza, director de inversiones institucionales de Invex Banco.