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Acuerda IFE mantener spots del PAN contra Peña, descarta calumnia

Imagen del spot "Peña no cumple" Foto: Especial
México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del IFE acordó mantener al aire el spot del PAN que califica a Enrique Peña Nieto de mentiroso, al considerar que no existe calumnia, ni difamación, ni esos materiales constituyen un riesgo para el proceso electoral y en todo caso se trata de una “crítica dura”.

Con dos votos en favor y uno en contra, la comisión presidida por el consejero Benito Nacif informó que se mantendrá al aire dicho spot en el cual se señala el incumplimiento de obras durante la gestión de Peña Nieto como gobernador en el Estado de México.

Especificó que sólo se aplica la ley y protege la libertad de expresión y en aras de tener una ciudadanía más informada “nuestra intervención como autoridad no debe inhibir y silenciar la discusión de asuntos que son relevantes para que los ciudadanos tomen su decisión de por quién votar”.

Rechazó que este tipo de spots, como en el que se exhiben obras inconclusas o inexistentes en la gestión de Peña como gobernador mexiquense, abran “la puerta de la guerra sucia” sino por el contrario lo hacen al debate, así como a la discusión libre y decidida de asuntos que interesan a todos.

En entrevista tras la reunión, en la que él y el consejero Alfredo Figueroa votaron a favor, expuso que el Instituto Federal Electoral (IFE) aplica de forma estricta la ley cuando hay calumnia a personas o denigración de instituciones.

“Y en este caso la interpretación jurídica que prevaleció a partir de precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como de la Sala Superior es que una calumnia es la imputación de un delito, no de una conducta reprobable, que no es ética, sino de un delito en específico, y ese elemento está ausente”, indicó.

Nacif Hernández argumentó que está cubierto por el deber de tolerancia de quienes aspiran a cargos públicos, ello en aras de fomentar la libre discusión.

“Me refiero a nivel de tolerancia a la crítica dura, severa, cáustica, que puede resultar incómoda, pero es un nivel de tolerancia que se exige en una democracia en aras de servir más a la sociedad”, reiteró.

A su vez el consejero Alfredo Figueroa recordó que este caso se derivó de tres quejas por el mismo spot que los presentaron el representante jurídico de Peña Nieto, otro del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y otra del gobierno del Estado de México.

“La opinión mayoritaria de la Comisión de Quejas y Denuncias, dos votos a uno, es que estos materiales no constituyen un riesgo eminente para el proceso electoral y la contienda. No se advierte en el spot la calumnia, que es la imputación de un delito a una persona y además una imputación falsa de ese delito”, indicó.

“La palabra mentiroso se considera una expresión crítica en relación a hechos que también se plantean en el promocional y en principio, en este momento, aunque habrá que esperar al fondo, estamos solamente en el momento de admitir o no las medidas cautelares”, dijo Figueroa.

Respecto a la denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) contra 14 spots de Peña Nieto, dijo que se han declarado improcedentes porque se trata de un material que puede aparecer.

Explicó que para que se determine una medida cautelar se tiene que advertir el riesgo inminente que pudiera afectar el proceso electoral. (NTX)