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Revoca el TEE cuatro resoluciones emitidas por el Consejo General del IEEG


Agencia SINCOMPU-Chilpancingo, Gro. 10 de marzo de 2011.-Por violaciones  al procedimiento administrativo sancionador, la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) que preside el magistrado Jesús Villanueva Vega, revocó cuatro resoluciones emitidas por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG), y confirmó otras tres al declarar infundados e inoperantes los agravios que expusieron las coaliciones “Guerrero nos Une” y “Tiempos Mejores para Guerrero” en sus respectivos recursos de apelación presentados ante ese cuerpo colegiado.
En la sesión de resolución celebrada este jueves, al resolver los recursos de apelación número TEE/SSI/RAP/082/2011, TEE/SSI/RAP/086/2011, y  TEE/SSI/RAP/090/2011, los dos primeros promovidos por la coalición “Guerrero nos Une”, y el tercero por la coalición “Tiempos Mejores para Guerrero”, los magistrados electorales determinaron revocar las resoluciones número 066, 110 y 137 que en 2010 emitió el Consejo General del IEEG, al advertir violaciones sustanciales a los procedimientos administrativos sancionadores.
En el estudio de fondo, la Sala de Segunda Instancia observó que la comisión sustanciadora administrativa electoral, no cumplió con la etapa procesal de alegatos, puesto que de autos no hay constancia de que se haya aperturado y notificado a las partes tal determinación, y mucho menos existe alguna actuación que certifique o acuerde respecto al cumplimiento a la vista formulada a las partes.
En consecuencia, la Sala de Segunda Instancia del TEE ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado, que por conducto de la Comisión Especial para la Tramitación de Quejas y Denuncias Instauradas por Violaciones a la Normatividad Electoral, reponga el procedimiento en las quejas de origen, para el efecto de aperturar la etapa de alegatos, y que posteriormente dicte de inmediato el acuerdo correspondiente en el que declare el cierre de instrucción y proceda con plenitud de jurisdicción a la elaboración del dictamen y el dictado de la resolución que corresponda.
Asimismo, al resolver el recurso de apelación TEE/SSI/RAP/089/2011 promovido por Roberto Torres Aguirre, representante de la coalición “Tiempos Mejores para Guerrero”, la Sala de Segunda Instancia revocó la resolución 088/SE/23-02-2011, al advertir violaciones al procedimiento procesal, consistente en el no desahogo  de una prueba técnica que presentó la coalición apelante, por lo que ordenó al Consejo General del IEEG que a través de la Comisión Especial de Quejas y Denuncias reponga el procedimiento.





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