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Especialistas en DH advierten sobre Ley de Seguridad Interior

Académicos y especialistas en derecho y seguridad pública advierten que la aprobación de la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional y contraria al Derecho Internacional de los derechos humanos.

En un pronunciamiento, presentan 10 conclusiones en las que argumentan por qué, lejos de contribuir a garantizar la seguridad de la ciudadanía, podría propiciar el aumento de violaciones de derechos humanos.

La Ley de Seguridad Interior no representa la solución frente a la grave crisis de derechos humanos que enfrenta el país, afirmaron.

"Y podría prolongar el estado actual de violencia y nos alejaría del modelo democrático constitucional".

Los firmantes solicitaron al Senado frene la iniciativa de Ley de Seguridad Interior, y que permita que continúe la discusión pública, incluyente y reflexiva.

Explicaron que en los últimos años académicos especialistas en Derecho Constitucional, Derechos Humanos, Derecho Penal y Seguridad Pública de diversas universidades del país han venido discutiendo el concepto de seguridad en sus múltiples expresiones, así como la grave problemática que existen en el país, con organismos internacionales, autoridades estatales y organizaciones de la sociedad civil.

Y en variadas ocasiones han convocado a foros de análisis científico para discutir el tema de las iniciativas en seguridad interior, el último de ellos realizado en febrero, de forma conjunta por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Mencionaron que de dicho estudio y la discusión técnica de la iniciativa de la Ley de Seguridad Interior presentan diez conclusiones contundentes por las cuales su aprobación es inconstitucional (violatoria de los artículos 1°, 6°, 21, 29, 73 y 129) y contraria al Derecho Internacional de los derechos humanos.

De acuerdo con su análisis, la Ley de Seguridad Interior es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado mexicano, contraria al desarrollo jurisprudencial del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así como a diversas recomendaciones de organismos internacionales emitidas hacia México en el marco de la intervención de las fuerzas armadas.

Además, argumentaron, la Constitución no faculta al Congreso de la Unión para legislar sobre seguridad interior ni a las Fuerzas Armadas para llevar a cabo las tareas de seguridad que hoy realizan.

"La iniciativa vulneraría el equilibrio de poderes al otorgar excesivas facultades al Poder Ejecutivo sin establecer contrapesos del Poder Legislativo o Judicial, subrayaron.

La iniciativa, aseguraron, permitiría la intervención de la Federación para la implementación de acciones en el territorio de una entidad federativa, o zona geográfica del país, por decisión del Poder Ejecutivo para proteger la seguridad interior, atentando contra el Federalismo.

Subrayaron también que la definición de Seguridad Interior es vaga e imprecisa, por lo tanto podría permitir calificar un conjunto muy amplio de conductas como riesgosas a la misma.

Advirtieron que la información generada, derivada de la aplicación de la Ley de Seguridad Interior, será reservada y clasificada.

Y en contraste, las autoridades federales y los órganos autónomos quedarán obligadas a proporcionar cualquier información que les requieran las autoridades facultadas por la Ley.

Como punto siete, señalaron que la iniciativa faculta a las Fuerzas Armadas a implementar políticas, programas y acciones de prevención y de investigación del delito, lo que, de acuerdo con el artículo 21 Constitucional, corresponden sólo a las autoridades civiles.

La iniciativa, abundaron, contiene disposiciones cuya aplicación violaría garantías procesales, poniendo en riesgo el acceso a la justicia de las víctimas.

Otra de las reflexiones que no están definidos los mecanismos que garantizarán de forma fehaciente el respeto a los derechos humanos durante las acciones derivadas de la aplicación de la Ley.

Y además, no se contemplan obligaciones de rendición de cuentas ni transparencia respecto a las acciones que se realicen.

Por último, refirieron que otorgar facultades a las fuerzas armadas a través de una Ley de Seguridad Interior las habilitará de forma permanente en la realización de dichas actividades, lo que se significaría un desincentivo fuerte para avanzar en el fortalecimiento de las instituciones policiales, y otras instituciones civiles, encargadas de la seguridad pública.

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